A partir del próximo 15 de junio de 2019 es efectiva (vigente) la nueva versión revisada y reestructurada, del Código de Ética para Contadores Profesionales, que emite IESBA.
Adicional a ello:
- En marzo de 2019 y con período para comentarios hasta el 26 de junio de 2019, IESBA propuso revisiones a la Parte 4B del Código para reflejar los términos y conceptos usados en el ISAE 3000 (Revisado).
- Con motivo de la vigencia de la versión nueva y revisada, IESBA acaba de entregar la versión digital de la misma.
La edición 2018 del Código que emite IESBA reemplaza la del año 2016. Fue vuelta a ser escrita por completo y tiene una nueva estructura y convención para la redacción que la hacen más fácil de navegar, usar y hacer forzoso su cumplimiento. Incorpora adiciones y revisiones sustantivas, que incluyen:
- “Una estructura conceptual más prominentemente destacada.
- Determinaciones, más claras y robustas, correspondientes a las salvaguardas, las cuales están mejor alineadas con las amenazas al cumplimiento con los principios y con la independencia.
- Determinaciones de independencia fortalecidas que abordan la asociación larga del personal con un cliente de auditoría o de aseguramiento.
- Secciones nuevas y revisadas dedicadas a los
contadores profesionales en negocios [professional accountants in business
(PAIBs)] relacionadas con:
- preparación y presentación de información; y
- presión para violar los principios fundamentales.
- Orientación más clara para los contadores profesionales en práctica pública [professional accountants in public practice (PAPPs)] de que las determinaciones PAIB que se establecen en la Parte 2 del Código son aplicables a ellos.
- Determinaciones fortalecidas para PAIB y PAPP que corresponden a la oferta o aceptación de incentivos, incluyendo regalos y hospitalidad.
- Nuevo material de aplicación para enfatizar la importancia del entendimiento de los hechos y circunstancias cuando se ejerce juicio profesional.
- Nuevo material de aplicación para explicar el cumplimiento con los principios fundamentales apoya el ejercicio del escepticismo profesional en un compromiso de auditoría o de otro aseguramiento.”
Los cambios introducidos son de calado mayor y están orientados a fortalecer la profesión. Lo relacionado con la independencia es en ellos clave.
La ventaja que el nuevo formato digital tiene frente a los formatos tradicionales en PDF e impreso es que el formato digital viene acompañado de recursos y herramientas adicionales en línea para respaldar la adopción y la implementación del Código.
En Colombia no se avanza
En febrero 25 de 2019, a propósito del 1 de marzo y del 15 de junio de 2019, pregunté ¿Cuál es la ética profesional que aplica?
Los órganos de gobierno de la profesión en Colombia (el CTCP y la JCC), los emisores de las normas de información financiera (Ministerios de Hacienda y de Comercio), y los otros reguladores/supervisores, no han iniciado ningún proceso formal que actualice el Código de Ética que rige a la profesión de los contadores. Seguimos con una ‘ética en consonancia’ que obliga a aplicar dos códigos completamente diferentes y desactualizados: el de IESBA del año 2014 (incorporado mediante el Decreto 2132 de 2016) y el de la ley 43 de 1990.
El texto incorporado en el año 2016 es el del Manual Edición 2014 que, sin análisis, el CTCP remitió a los emisores de las normas colombianas. Queda bastante espacio para las distintas interpretaciones.
En ese escenario algunos sectores sacan pecho y se presentan como los ‘campeones de la ética’ a la par que se esconden en las formalidades legales para hacer sus ‘cositas.’
El problema de fondo en Colombia continúa: cómo hacer que la profesión pase de una organización de carácter general (Ley 43 de 1990) a una organización de carácter especializado (Código de IESBA) que le permita ser competitiva en el nuevo entorno mundial. Ello no se soluciona incorporando más versiones del Código sin eliminar las anteriores y, sobre todo, sin que se deroguen las normas que le vayan en contrario, principalmente, la ley 43 de 1990, un tema que muy pocos comentan en público por los temores a afrontar una verdadera reforma a la profesión. Esta reforma necesita, más que normas, un sincero diálogo entre los distintos involucrados. Conlleva eliminar la consonancia, quizás el exabrupto más grande que se les haya ocurrido a quienes redactaron esas normas locales.
Además de los temores a enfrentar lo relacionado con la derogatoria de la ley 43 de 1990 y la creación de un nuevo marco legal, quizás el más importante sea el relacionado con la independencia, algo que a muchos no le interesa a fin de mantener la actual figura del revisor fiscal que, siendo un órgano societario interno (no es independiente de la entidad) está obligado a aplicar las NIA (que requieren que el auditor sea independiente de la entidad). Mientras no se enfrenten estas cosas, con seriedad y objetividad, seguiremos en las mismas.
Por lo pronto, la excusa para incorporar el Código de Ética de IESBA, edición 2018 y siguientes, será la misma de siempre: “hasta tanto no nos den la traducción oficial no nos podemos mover.” Así que estamos condenados al atraso ético. Y luego decimos que el mundo viene a aprender de nosotros. La lucha contra la corrupción no deja de ser un truco publicitario en el que muchos caen.
Ahora que se ha presentado la herramienta digital del código de ética para contadores profesionales, emitido por IESBA, ¿el CTCP recomendará una consonancia entre la ética digital y la ética humana? No sería extraño que propusieran ello o algo similar. O que no propongan nada, porque la ética en realidad poco les importa. Se aferran al pasado para mantener sus privilegios.
La ventaja que el nuevo formato digital tiene frente a los formatos tradicionales en PDF e impreso, se reitera, es que el formato digital viene acompañado de recursos y herramientas adicionales en línea para respaldar la adopción y la implementación del Código. Ello, ciertamente, ayuda a la interpretación (que en Colombia será más difícil mientras se mantengan otras normas en contrario) y dificultará la traducción al español.
El Código es digital, pero la ética no es digital y menos en consonancia.
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